Empresas – Corporate

Creación de Empresas

En Corujo & Jiménez Abogados llevamos a cabo el proceso completo para crear una empresa en España, desde el diagnóstico inicial para seleccionar la estructura societaria que mejor se adapte a sus necesidades, dando cobertura a todos los trámites legales hasta dejar plenamente operativa su empresa para que pueda prestar sus servicios a través de la misma.

Desde Corujo & Jiménez Abogados le asesoraremos en:

El estudio de su operativa empresarial para seleccionar la mejor estructura societaria con la que llevar a cabo la actividad, así como la preparación de la constitución de la empresa, redacción de documentos legales, obtención del nombre de la empresa, apertura de la cuenta bancaria, elaboración de estatutos, elevación a público de la Escritura de creación de empresa ante Notario, obtención del Número de Identificación Fiscal (NIF) de la empresa y, por supuesto, la inscripción de la Escritura de Constitución en el Registro Mercantil.

Creación de Sociedad Holding

En Corujo & Jiménez Abogados identificamos mediante un análisis preciso si, debido a la situación empresarial en la que se encuentre, confeccionar su grupo de empresas bajo el paraguas de una Sociedad Holding puede ser una decisión interesante y beneficiosa para usted.

Nuestros servicios abarcan los siguientes aspectos:

  • Preparación de un check list con todos los hitos del proyecto empresarial, realizando un seguimiento exhaustivo semanal y actualizando la situación
  • Preparación de los documentos legales del proyecto, entre otros, como por ejemplo, los Estatutos Sociales
  • Preparación de los balances de la operación empresarial
  • Redacción del borrador de la Escritura para confeccionar al grupo empresarial con Sociedad Holding, y que esta última pase a ser la propietaria del resto de las empresas, convirtiéndose en la matriz
  • Gestión de la firma de la Escritura ante Notaría y su inscripción ante el Registro Mercantil
  • Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la Sociedad Holding y abrir la cuenta bancaria
  • Preparación de impuestos exentos en la Comunidad Autónoma que corresponda y las comunicaciones ante la Agencia Tributaria Española, a fin de evitar tributar por realizar esta operación mercantil
  • Elaboración y entrega de una guía de funcionamiento del grupo de empresas con una Sociedad Holding en materia legal, mercantil, fiscal y contable

Las principales ventajas de operar con un grupo empresarial con una Sociedad Holding son:

  •  Distribución de dividendos de las filiales a su matriz, la Sociedad Holding, tributando solo un 1,25% del dinero en lugar del 23-24 %, creando un incentivo fiscal. También, cuando exista exceso de tesorería se podrá invertir en nuevos negocios sin tener la obligación de tributar por el traspaso de capital de una empresa a otra.
  • En caso de vender alguna de las filiales propietarias de la Sociedad Holding, la plusvalía por la venta tributa también al 1,25 % y no al tipo general del 23%, permitiendo reinvertir la diferencia en el desarrollo de otras ramas de negocio, crear nuevas empresas, o bien adquirir activos (por ejemplo, bienes inmuebles).
  • Le permite ubicar el dinero u otros activos (por ejemplo, activos no corrientes de bienes inmuebles) que generan las empresas filiales del grupo en la Sociedad Holding, por lo que ese dinero queda ubicado en una empresa con cero riesgos y en el caso de que las filiales se enfrenten a alguna contingencia económica, la responsabilidad nunca podrá ir contra la Sociedad Holding, por lo que el dinero queda desafectado totalmente de riesgo.
  • Puede acogerse al régimen de consolidación fiscal en materia del Impuesto sobre Sociedades, permitiendo compensar los beneficios que generan las empresas del grupo con las pérdidas que tengan otras empresas del grupo, y el resultado será el que se tribute al 25% en un único Impuesto sobre Sociedades en lugar de que cada empresa tribute al 25% si tiene beneficios.

Obtención de NIF español para empresas extranjeras

Una forma fácil, ágil y rápida de poder vender sus servicios o productos en España, así como operar, sin necesidad de realizar una gran inversión es operar a través de un Número de Identificación Fiscal español que la Agencia Tributaria Española (AEAT) le concede a su empresa extranjera, y, desde ese momento, es posible que realice actividades económicas en España.

Desde Corujo & Jiménez Abogados le asesoramos ante asuntos como:

  • La redacción de los documentos legales
  • Solicitud de los documentos de la empresa que nos solicitará la AEAT para comprobar que la empresa existe en su país de residencia, que está debidamente registrada así como la identificación de los directores de la empresa
  • Obtención de un Número de Identificación Fiscal para el director de la empresa, este número no conlleva ningún tipo de responsabilidad para el mismo, concediéndose simplemente a efectos identificativos
  • Gestionar la cita ante la AEAT y comparecer personalmente para la obtención del NIF
  • Presentación de toda la documentación y modelos fiscales en la AEAT
  • Obtención del NIF español para su empresa y envío de la documentación al cliente

*En el caso de que la empresa no forme parte de la Unión Europea, será necesario nombrar a un representante legal con residencia en España. Si este fuera su caso, desde Corujo & Jiménez Abogados también podríamos prestarle servicios de representación legal de su empresa.

Firma especializada en la creación de empresas

Podemos atenderle en español e inglés

Si lo prefiere, le atendemos a través de video llamada. Velamos por su comodidad y seguridad.
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