Abogados expertos lesiones en Madrid
Corujo & Jiménez Abogados expertos lesiones en Madrid.
Despacho especializado en delitos de lesiones. Estamos a su disposición para prestar asistencia en casos de lesiones cualquiera que sea su gravedad y naturaleza.
Al confiar en nuestros abogados expertos lesiones Madrid, se asegura un apoyo integral en todas las fases necesarias para lograr una resolución exitosa en su caso.
Conforman este apartado de delitos de lesiones una serie de conductas cuya característica principal es que afectan directamente a la integridad corporal o a la salud, física o mental, de las personas.
Estas conductas se consideran como actos delictivos, requieran o no de tratamiento médico o quirúrgico.
El bien jurídico protegido será, por tanto, la integridad corporal y la salud física o mental del ya nacido (las lesiones al feto se tipifican expresamente en el Título IV siguiente, en sus artículos 157 y 158).
Corujo & Jiménez Abogados expertos lesiones en Madrid. Contacte con nuestros profesionales si es víctima o presunto agresor de un delito de lesiones. Defendemos sus derechos con rigor y eficacia.

Como figura en el artículo 147.1 del Código Penal, el delito de lesiones presenta dos categorías fundamentales:
- Lesiones por imprudencia: Aquellas lesiones que son el resultado de actos negligentes.
- Lesiones intencionadas: Aquellas lesiones causadas con deliberación y propósito.
La distinción principal recae en la intención detrás de la acción que causa el daño. Ciertas circunstancias pueden influir en la gravedad o en la mitigación de cualquier tipo de delitos de lesiones. Los abogados expertos lesiones Madrid de nuestra firma le prestarán un apoyo profesional cualificado.
El tipo básico del delito de lesiones está previsto en el artículo 147:
- El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
- El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
- El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
- Los delitos previstos en los dos apartados anteriores solo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Nuestros abogados expertos lesiones Madrid le ofrecen la asistencia letrada necesaria desde el primer momento, para garantizar la intervención en paralelo de un médico que examine al afectado, pues la existencia de un informe pericial y su ratificación en juicio será la que permita probar la gravedad de las lesiones y, en su caso, de las secuelas, y, en consecuencia, la determinación de la pena y de la responsabilidad civil que se establezca en concepto de indemnización.
Corujo & Jiménez Abogados expertos lesiones en Madrid. Consúltenos.
Corujo & Jiménez Abogados. Expertos lesiones en Madrid. No dude en contactar con nuestra firma a través del medio que le resulte más cómodo.
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