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La relación que existe entre abogado y cliente es estrictamente, con independencia de los niveles de confianza que puedan generarse con el paso del tiempo, lo que llamamos en el mundo de la abogacía y muchos otros, “la fidelización del cliente” en cuanto a la prestación de servicios. No será la primera vez que, dada la confianza existente, no se formalizó ninguna hoja de encargo y posteriormente, no fueron abonados los honorarios, siendo más complicado que de normal, demostrar los pactos alcanzados que fundamenten una probable posterior reclamación.

El contrato de prestación de servicios, en régimen de arrendamiento, es el negocio jurídico que da forma la relación entre el profesional de la abogacía y su cliente. La relación entre un abogado y su cliente es fundamental en el ámbito jurídico, y para formalizarla y establecer las bases de su colaboración se formaliza un documento esencial: la hoja de encargo. Este documento, a menudo subestimado, lo cual es sorprendente, desempeña un papel crucial. Establece los términos y condiciones de la relación profesional entre un abogado y su cliente. Su propósito es definir los alcances de los servicios que el abogado proporcionará al cliente, así como las obligaciones y responsabilidades que ambas partes tienen durante el desarrollo del caso.

Entre otros puntos clave, podemos indicar los siguientes:

  • Claridad y Transparencia:

Establece expectativas claras y evita malentendidos al definir claramente los términos del acuerdo.

  • Protección Legal:

Brinda protección legal a ambas partes en caso de disputas al contar con un acuerdo escrito. Las obligaciones que nacen de este contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse a tenor de los mismos.

  • Profesionalismo y Ética:

Demuestra el compromiso del abogado con altos estándares profesionales y éticos, con estricta sujeción a las normas deontológicas.

  • Base para una Buena Relación:

Establece una base sólida para una relación de confianza y colaboración entre abogado y cliente.

En el caso de que el profesional no haya visto satisfecho sus honorarios que, como he indicado anteriormente, se deberán establecer de la forma más clara posible en la hoja de encargo, podrá acudir al procedimiento de jura de cuentas, regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, concretamente en el artículo 35, en lo que respecta a los abogados. También es posible acudir a un procedimiento declarativo de reclamación de cantidades, o incluso a un procedimiento monitorio para la reclamación del pago de las facturas. Como señala la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, de 13 de enero de 2003, “no es un proceso al que los Procuradores y Abogados deban acudir de modo necesario para exigir las cantidades que se les adeudan. Tienen, como siempre, a su disposición, si lo desean, el juicio declarativo ordinario que corresponda a la cuantía de la reclamación”.

Como apreciación, dado que también hemos sido testigos de la reclamación de costas dentro de lo que es procedimiento de jura de cuentas, hemos de recordar que en este proceso no es preceptiva la intervención de abogado ni procurador. No se ha de realizar pronunciamiento sobre costas pues nuestra Ley Rituria no hace previsión alguna al respecto en el procedimiento especial que constituye la jura de cuentas.

Es evidente que la actuación de los mismos profesionales en sus propios procedimientos de jura de cuentas no responde a la necesidad de postulación y defensa procesal, sino a un privilegio de actuar directamente.

Como reconocieron las Sentencias del Tribunal Supremo, Sala 1ª, de 7 de diciembre de 1932 y 20 de noviembre de 1967, “este proceso llamado “de cuenta jurada” o de “jura de cuentas”, es un procedimiento atípico, peculiar y privilegiado proceso de ejecución.”

 

Conclusión:

En el ámbito legal, la relación entre un abogado y su cliente es fundamental para lograr el éxito en cualquier caso. Establecer términos claros y mutuamente acordados desde el principio es esencial para evitar malentendidos y conflictos posteriores. La hoja de encargo entre abogado y cliente es un documento crucial que establece las bases de esta relación profesional.

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